Julio 2021
“1. Favor indicar cuál es la fecha exacta (día, mes y año) en la cual la
Resolución 810/2021 del Ministerio de Salud, entra en vigencia.
Es de anotar que de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Resolución 810 de 2021, este acto administrativo entrará a regir a partir del 16 de diciembre de 2022, fecha a partir de la cual es exigible y oponible a terceros.
2.Favor indicar cuál es la fecha exacta (día, mes y año) en la cual se hace exigible la obligación de recogida de producto establecida en el parágrafo 2do del artículo 40 de la Resolución 810/2021 del Ministerio de Salud.”
Respecto a la fecha en la cual se hace exigible lo dispuesto en el parágrafo segundo del artículo 40 de la Resolución 810 de 2021, será a partir del 16 de junio de 2024, toda vez que el plazo previsto en la disposición en cuestión, debe contarse desde la entrada en rigor de la referida resolución, que es a partir del 16 de diciembre de 2022, momento en el que ese acto administrativo es exigible y oponible a terceros.
El anterior concepto tiene los efectos determinados en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido en su título II, por el artículo 1 de la Ley 1755 de 201513
Cordialmente,
MELISSA TRIANA LUNA
Directora Jurídica
Sabías que…
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